Antes de armar el programa

El art. 8 exige elaborarlo o modificarlo dentro de 30 días corridos desde la confección o actualización de la MIPER. Debe quedar por escrito, aprobado por el representante legal y con sus fechas de aprobación y modificación.

Fuente: DS 44, art. 8

La capacitación del art. 16 debe durar al menos 8 horas. El programa fija su periodicidad, sin superar dos años. Considera el enfoque de género y cubre los riesgos, sus efectos en la salud, las medidas de prevención, el seguro y el acceso a atención, emergencias, señalética e incendios.

Fuentes: DS 44, art. 16 · Subsecretaría de Previsión Social, preguntas 22–23

La guía de capacitación de la Res. Exenta 1117/2026 entra en vigencia el 1 de noviembre de 2026. Revísala para planificar la metodología, la evaluación y los registros del curso.

Fuentes: Res. Exenta 1117/2026 · Previsión Social, vigencia de la guía

1. Completa los antecedentes

Usa cargos y cantidades. No ingreses nombres, RUT, firmas ni información de salud. Los campos vacíos aparecerán como pendientes.

Base del programa y plazo de 30 días corridos: DS 44, art. 8. Para empleadores con hasta 25 personas, contrasta el borrador con la pauta base de tu mutual o ISL: art. 64.

2. Define las medidas y sus responsables

No inventamos riesgos ni controles. Usa tu evaluación real y distingue las medidas inmediatas. Incluye las actividades de promoción del art. 8.

Campos por medida: DS 44, arts. 8 y 64.3, letras a–f.

Riesgos de la MIPER
Agrega una fila por cada riesgo o medida que necesites.
Prevención del consumo de alcohol y drogas
Promoción de vida y alimentación saludables
Si corresponde, agrega sus actividades preventivas como medidas. DS 44, art. 8.

3. Planifica capacitación, control y revisión

Capacitación y periodicidad: arts. 16 y 64.3.g. Difusión y control: art. 8. Evaluación al menos anual: art. 14.

Puedes generar una estructura en blanco. Si vuelves a generarla, se reemplazan las ediciones del texto.

¿La mutual tiene que validar el programa?

El DS 44 no exige esa validación. Exige la aprobación del representante legal y contempla asistencia técnica del organismo administrador. Algunos mandantes la piden para el programa del contrato. Por ejemplo, el RESSO de Codelco pide validación del organismo administrador en su lista de inicio. Confirma lo que exige tu contrato.

Fuentes: DS 44, arts. 8 y 64 · Codelco, RESSO, anexo 2, ítem 4, p. 58

Para hasta 25 personas, el art. 64 también contempla la política de seguridad y salud, la autoevaluación, la MIPER y la asistencia técnica permanente. Este borrador organiza el programa. Revisa esos antecedentes con tu mutual o ISL.

Fuente: DS 44, art. 64

Ejemplo de uso: registra un riesgo real de un puesto, la medida que definió tu evaluación, el cargo responsable y su fecha objetivo. No uses una medida genérica como sustituto de la evaluación técnica.

Preguntas frecuentes sobre el programa preventivo

¿Cuándo hay que preparar el programa de trabajo preventivo?
Debe elaborarse, o modificarse, dentro de 30 días corridos desde que se confecciona o se actualiza la MIPER, la matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos. El programa sale de esa matriz: primero la MIPER, después el programa.

Fuente: DS 44, art. 8

¿Quién aprueba el programa?
El representante legal del empleador. El programa debe quedar por escrito, con la fecha de aprobación y la de cada modificación. Antes de implementarlo hay que difundirlo entre los trabajadores, con avisos visibles o por correo electrónico, y entregar una copia al Comité Paritario, si lo hay.

Fuente: DS 44, art. 8

¿Qué debe contener el programa?
Las medidas preventivas y correctivas que salen de la MIPER, con sus plazos, los cargos responsables y cómo y cada cuánto se controlarán. También la capacitación del artículo 16, actividades para prevenir el consumo de alcohol y drogas y para promover la vida y la alimentación saludables, y medidas para la conducción de vehículos si la actividad la incluye. Su eficacia se evalúa al menos una vez al año.

Fuente: DS 44, arts. 8, 14, 16 y 64

¿La mutual tiene que validar el programa?
El DS 44 no lo exige. Exige la aprobación del representante legal y contempla la asistencia técnica de la mutual o del ISL. Algunos mandantes sí piden esa validación en su contrato: por ejemplo, el RESSO de Codelco pide el programa validado por el organismo administrador en su carpeta de arranque. Revisa lo que exige tu contrato.

Fuentes: DS 44, arts. 8 y 64 · Codelco, RESSO, anexo 2, ítem 4, p. 58

¿Cada cuánto se repite la capacitación del DS 44?
El curso del artículo 16 dura al menos 8 horas. El programa fija cada cuánto se repite, con un máximo de dos años entre un curso y el siguiente. La guía de capacitación de la Res. Exenta 1117/2026, que orienta la metodología, la evaluación y los registros del curso, entra en vigencia el 1 de noviembre de 2026.

Fuentes: DS 44, art. 16 · Subsecretaría de Previsión Social, preguntas 22–23 · Previsión Social, vigencia de la guía

Mantén el programa junto a sus respaldos

ACREDIX guarda el programa y sus evidencias junto al resto de los documentos del contratista, con alertas de vencimiento.

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